En Mayo Sabías Que...
“El profesor debe entregar a los alumnos las evaluaciones calificadas y todo documento o material sujeto a evaluación, a más tardar diez días hábiles después de haberse efectuado las evaluaciones y haber recibido los documentos, de lo contrario, el estudiante podrá presentar reclamo ante el director de la unidad académica.”
(Encuentra el resto de este procedimiento en el Reglamento Académico de Régimen Estudiantil, Artículo 22, inciso a. en http:/www.cu.ucr.ac.cr)
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